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Resolución 92/2012 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Apruébase el Programa de Auditoría Médico Contable correspondiente al año 2012
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Texto Completo
Resolución 92/2012 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Apruébase el Programa de Auditoría Médico Contable correspondiente al año 2012.-
Bs. As., 31/1/2012
Publicación en el B.O.: 02/02/2012
VISTO la Ley 23.661 y el Expediente Nº 200952/2012-SSSALUD, y CONSIDERANDO: Que las Gerencias de Control Económico Financiero y de Control Prestacional elevan a consideración del Superior la propuesta del Programa de Auditoría correspondiente al año 2012, el cual será ejecutado en forma conjunta por las áreas nombradas.-
Que los alcances de las tareas a efectuarse y los procedimientos de auditoria a aplicar, su naturaleza, extensión y oportunidad serán establecidos de acuerdo con los objetivos previstos según las características de cada uno de los Agentes del Seguro de Salud, incluidos en el presente Programa.-
Que conforme los criterios de análisis aplicados durante el año 2011, relativos a los controles realizados a los Estados Contables, Estados de Origen y Aplicación de Fondos, Presupuestos de Recursos y Gastos, verificaciones de las rendiciones de cuentas de los auxilios financieros encuadradas en la Resolución Nº 229/11-SSSALUD, evaluaciones de contratos, cartillas, PMA, Programas Preventivos de Salud, información suministrada por la Sindicatura Colegiada de este Organismo y datos aportados por el Registro Nacional de Obras Sociales, se conformaron las pautas estratégicas para seleccionar la base de Agentes de Seguro de Salud auditables para el ejercicio en curso.-
Que esta base podrá ser ampliada en atención a los nuevos exámenes efectuados sobre la documentación aportada por los Agentes del Seguro de Salud.-
Que el universo de Agentes del Seguro de Salud a ser fiscalizados quedará conformado por aquellos que reúnan alguna o varias de las características detalladas en el Anexo I, que forma parte de la presente.-
Que la misión encomendada deberá efectuarse por intermedio del cuerpo de profesionales asignados a las áreas técnicas de control.-
Que a los fines de asegurar dicha misión será menester verificar la materialidad en el cumplimiento de las obligaciones de los Agentes del Seguro de Salud, por medio de auditorías “in situ”.-
Que el presente Programa importa una continuidad y profundización de las tareas de fiscalización ejecutadas en los años 2009, 2010 y 2011.-
Que ha tomado la intervención que le compete la Gerencia de Asuntos Jurídicos.-
Que esta Superintendencia comparte el criterio sustentado por las áreas técnicas del Organismo.-
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 1034/09 PEN.-
Por ello, EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Programa de Auditoría Médico Contable correspondiente al año 2012, cuyo universo se constituirá conforme con las pautas expuestas en los CONSIDERANDOS y el ANEXO I, integrante de la presente.-
Art. 2º — Las Gerencias de Control Económico Financiero y de Control Prestacional ejecutarán el Programa a través de los profesionales que a tal efecto designen.-
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.-
Fdo.: Ricardo E. Bellagio.-
ANEXO I
El universo de los Agentes del Seguro de Salud a ser fiscalizados quedará conformado por aquellos que reúnan alguna o varias de las siguientes características:
a) Haber exteriorizado un Patrimonio Neto negativo en los Estados Contables cerrados durante el ejercicio 2011.-
b) No tener órgano de conducción constituido estatutariamente y no haber formado parte del Programa de Auditoría del año 2011.-
c) Haber sido inscripto en el Registro Nacional de Obras Sociales, durante el período comprendido entre los años 2006 a 2011.-
d) Poseer incumplimientos formales en la presentación de información de índole contable y médica correspondiente al año 2011.-
e) Haber sido receptores de auxilios financieros destinados a la implementación y ejecución de Programas de Prevención, en el marco de la Resolución Nº 229/2011-SSSalud.-
f) Haber alcanzado un ingreso mensual por titular igual o inferior a pesos doscientos ($ 200,00), según datos informados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, a agosto/ 2011.-
g) Registrar observaciones en los informes practicados por la Sindicatura Colegiada de este Organismo, durante el año 2011.-
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